EL T. SUPREMO LIMITA LOS INTERESES DE DEMORA EN LAS HIPOTECAS

EL T. SUPREMO LIMITA LOS INTERESES DE DEMORA EN LAS HIPOTECAS

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El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo (Recurso de casación 2499/2014), ha resuelto considerar abusiva una cláusula hipotecaria que fija el interés de demora en el 19 %, fijando el límite de abusividad en dos puntos por encima del interés remuneratorio pactado. En dicha Sentencia se establece que la consecuencia de la consideración de abusiva de la cláusula referente a los intereses de demora es su eliminación total, sin que se pueda moderar dicho interés. Los intereses de demora son los que se abonan en caso de impago de la hipoteca, y generalmente son muy superiores al principal pactado, especialmente para las hipotecas firmadas hace años. Dicha Sentencia implica para los titulares de una hipoteca, que en caso de impago si los intereses de demora pactados fueran superiores al interés de la hipoteca mas un 2% (lo que se da en la mayoría de los casos), se considerará abusiva dicha cláusula, debiendo únicamente abonar los intereses remuneratorios pactados en la hipoteca.

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